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Modelo de Rescisión de Contrato de Alquiler Gratis en Word y PDF [2026]

4 modelos distintos para cada situación: rescisión por inquilino, por propietario, por mutuo acuerdo y burofax de preaviso. Elige tu variante, rellena y descarga. Sin registro.

⚠️ Aviso legal: Este documento es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte con un profesional legal para su caso específico. PlantillaLegal.com no se responsabiliza del uso que se haga de estas plantillas.

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¿Qué es la rescisión de un contrato de alquiler?

La rescisión es la finalización anticipada del contrato de alquiler antes de su vencimiento. Hay que distinguir tres conceptos que a menudo se confunden:

  • Desistimiento: el inquilino decide irse voluntariamente (art. 11 LAU)
  • Resolución: el contrato se termina por incumplimiento de una de las partes (art. 27 LAU)
  • Rescisión por mutuo acuerdo: ambas partes pactan terminar el contrato

Rescisión por parte del inquilino

El arrendatario puede desistir del contrato cumpliendo estos requisitos (art. 11 LAU):

  1. Mínimo 6 meses desde el inicio del contrato
  2. Preaviso de 30 días por escrito
  3. Indemnización (solo si se pactó en contrato): 1 mes de renta por cada año que falte por cumplir

Rescisión por parte del propietario

El arrendador puede recuperar la vivienda por necesidad (art. 9.3 LAU):

  • Debe haber transcurrido al menos 1 año desde el inicio del contrato
  • Preaviso de 2 meses
  • Necesidad para: uso propio, familiar de primer grado, o excónyuge
  • Si en 3 meses no ocupa → inquilino puede volver o pedir indemnización

Rescisión por mutuo acuerdo

La opción más limpia. Ambas partes firman un documento de rescisión donde acuerdan la fecha de salida, la liquidación de rentas y suministros, y la devolución de la fianza. Recomendable siempre que sea posible.

Modelo de burofax

El burofax es la forma más segura de comunicar la rescisión. Se envía por Correos (presencial u online) con certificación de contenido y acuse de recibo. Coste: ~25€. Es prueba fehaciente ante cualquier tribunal.

¿Qué pasa con la fianza?

  • El arrendador tiene 1 mes para devolverla (art. 36.4 LAU)
  • Puede deducir: daños no normales, renta impagada, suministros pendientes
  • No puede deducir: desgaste normal por el uso
  • Si no devuelve en plazo → inquilino puede reclamar + intereses legales

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Preguntas Frecuentes

¿Puedo irme antes de 6 meses?
Legalmente, el art. 11 de la LAU permite el desistimiento del arrendatario una vez transcurridos al menos 6 meses. Si te vas antes, el arrendador podría reclamarte las rentas pendientes hasta cumplir ese mínimo.
¿Cuánto tengo que pagar por irme antes?
Si se pactó en el contrato, la indemnización es de una mensualidad de renta por cada año que reste por cumplir (proporcional por periodos inferiores al año). Si no se pactó, no hay indemnización.
¿Me pueden echar si pago el alquiler puntualmente?
Solo en supuestos muy concretos: necesidad del arrendador (art. 9.3 LAU, tras 1 año mínimo), o por causas de resolución del art. 27 LAU (actividades molestas, subarriendo no autorizado, obras no consentidas, etc.).
¿Sirve un WhatsApp como preaviso?
Aunque puede tener valor como prueba, lo más seguro es enviar un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo. Es la prueba fehaciente más aceptada por los tribunales. Coste: ~25€ por Correos.
¿Qué hago si el casero no acepta mi rescisión?
La rescisión por el inquilino es un derecho legal (art. 11 LAU). No necesitas el consentimiento del arrendador. Basta con cumplir el preaviso de 30 días por escrito. Si se niega, envía un burofax y deposita las llaves en notario.
¿Puedo rescindir si la vivienda tiene humedades?
Si la vivienda no reúne condiciones de habitabilidad, tienes derecho a la resolución del contrato. Primero requiere al arrendador por escrito que repare. Si no lo hace, puedes resolver el contrato sin indemnización e incluso reclamar daños.
¿Hay que hacer inventario al dejar el piso?
Es muy recomendable. Hacer un acta de estado de la vivienda (con fotos) en presencia de ambas partes protege al inquilino frente a deducciones injustificadas de la fianza.