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Contrato de Alquiler de Vivienda: Plantilla Gratis en Word y PDF [2026]

Genera tu contrato de alquiler personalizado con todas las cláusulas obligatorias según la LAU y la Ley de Vivienda 2023. Rellena el formulario, previsualiza y descarga en PDF o Word. Sin registro.

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¿Qué es un contrato de alquiler de vivienda?

El contrato de arrendamiento de vivienda es un acuerdo por el que el propietario (arrendador) cede el uso de un inmueble al inquilino (arrendatario) a cambio de una renta mensual. Está regulado por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), modificada por la Ley 12/2023 de Derecho a la Vivienda.

Cláusulas obligatorias del contrato de alquiler

Duración mínima legal

5 años si el arrendador es persona física, 7 años si es persona jurídica (empresa). Si se pacta un plazo inferior, el contrato se prorroga automáticamente por plazos anuales hasta alcanzar el mínimo legal, salvo que el arrendatario manifieste su voluntad de no renovar con 30 días de antelación.

Fianza

1 mes de renta obligatorio (art. 36.1 LAU). El arrendador debe depositarla en el organismo de su comunidad autónoma. Las garantías adicionales (depósito extra, aval) están limitadas a 2 mensualidades en contratos de hasta 5/7 años (art. 36.5 LAU).

Actualización de renta

Ya no se utiliza el IPC. Desde 2025, la actualización se rige por un nuevo índice de referencia del INE (Índice de Garantía de Competitividad o el que se establezca). En zonas tensionadas, hay límites adicionales.

Gastos

  • IBI: arrendador (salvo pacto en contrario)
  • Comunidad: arrendador (salvo pacto)
  • Suministros: arrendatario
  • Gestión inmobiliaria: SIEMPRE arrendador (Ley de Vivienda 2023)

Novedades de la Ley de Vivienda 2023

  • Zonas tensionadas: las CCAA pueden declarar zonas con límites de renta
  • Nuevo índice de renta: sustitución del IPC
  • Gastos de gestión: siempre a cargo del arrendador
  • Garantías adicionales: máximo 2 meses
  • Prórroga extraordinaria: 1 año por vulnerabilidad del inquilino

Derechos del inquilino

  • Vivienda habitable y en buen estado
  • Duración mínima de 5 años
  • Desistimiento tras 6 meses con preaviso de 30 días
  • Derecho de adquisición preferente si el propietario vende

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Preguntas Frecuentes

¿Puedo alquilar sin contrato escrito?
Legalmente sí — el contrato de alquiler es válido aunque sea verbal. Sin embargo, es muy recomendable hacerlo por escrito para proteger los derechos de ambas partes. Además, cualquiera de las partes puede exigir que se formalice por escrito (art. 37 LAU).
¿Cuánto puede subir el alquiler cada año?
Desde 2023, la actualización de renta ya no se vincula al IPC. En 2024 se limitó al 3%, y a partir de 2025 se aplica un nuevo índice de referencia publicado por el INE. En zonas tensionadas, hay límites adicionales.
¿Quién paga la comisión de la inmobiliaria?
Desde la Ley de Vivienda 12/2023, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato son SIEMPRE a cargo del arrendador, aunque sea el inquilino quien contacte con la agencia.
¿Me pueden echar antes de que termine el contrato?
Solo en supuestos tasados: impago de renta, actividades molestas, subarriendo no autorizado, obras no consentidas, o necesidad del arrendador de ocupar la vivienda (con 2 meses de preaviso y tras al menos 1 año de contrato).
¿Qué pasa si no me devuelven la fianza?
El arrendador tiene 1 mes desde la entrega de llaves para devolver la fianza (art. 36.4 LAU). Si no lo hace, puedes reclamar la fianza más los intereses legales. Si hay deducciones, debe justificarlas documentalmente.
¿Puedo subalquilar una habitación?
Solo con consentimiento escrito del arrendador (art. 8 LAU). El subarriendo parcial es posible pero nunca por un precio superior a la renta total del contrato. El subarriendo total no está permitido.
¿Qué hago si el casero no hace reparaciones?
El arrendador está obligado a las reparaciones necesarias para la habitabilidad (art. 21 LAU). Si no las hace, puedes: 1) requerirle por escrito (burofax), 2) solicitar judicialmente que las realice, 3) en casos urgentes, realizarlas tú y descontar el coste de la renta.
¿Hay que registrar el contrato en algún sitio?
No es obligatorio, pero en algunas comunidades autónomas (como Cataluña) es obligatorio depositar la fianza en un organismo autonómico. En la declaración de la renta, los ingresos del alquiler deben declararse.