Contrato de Compraventa de Coche entre Particulares: Modelo Gratis [2026]
Genera tu contrato de compraventa de coche personalizado con todos los datos del vehículo. Incluye cláusula de vicios ocultos y guía completa de trámites en la DGT.
⚠️ Aviso legal: Este documento es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte con un profesional legal para su caso específico. PlantillaLegal.com no se responsabiliza del uso que se haga de estas plantillas.
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Datos del vendedor
Datos del comprador
Datos del vehículo
Condiciones
Fecha y lugar
¿Qué es un contrato de compraventa de vehículo?
Es un contrato privado regulado por los artículos 1.445 y siguientes del Código Civil por el que el vendedor transmite la propiedad de un vehículo al comprador a cambio de un precio. No requiere notario pero sí es recomendable para evitar problemas futuros.
¿Qué debe incluir el contrato?
- Datos del comprador y vendedor: nombre, DNI/NIE, domicilio
- Datos del vehículo: marca, modelo, matrícula, nº de bastidor (VIN), kilómetros, fecha de matriculación, color, combustible
- Precio y forma de pago: transferencia bancaria es lo más seguro
- Estado del vehículo: ITV, seguros, vicios ocultos
- Cláusula de vicios ocultos: el vendedor responde 6 meses (art. 1.490 CC)
- Compromiso de transferencia en DGT: plazo de 30 días
Trámites obligatorios tras la venta
- 1 Firma del contrato — Ambas partes firman el documento de compraventa.
- 2 Comunicación de venta a la DGT — El vendedor lo hace online (con certificado digital) en las 24h siguientes.
- 3 Pago del ITP — El comprador paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en su comunidad autónoma (modelo 620).
- 4 Transferencia en DGT — El comprador solicita el cambio de titularidad (contrato + ITP pagado + ITV en vigor). Plazo: 30 días.
¿Cuánto cuesta transferir un coche?
- Tasa DGT: ~55,70€ (2026)
- ITP: 4-8% del valor fiscal según comunidad autónoma
- Gestoría (opcional): 100-200€
Consejos para comprar o vender un coche entre particulares
- Comprueba que no tiene cargas ni embargos (informe de vehículo en la DGT)
- Verifica que la ITV está en vigor
- Usa transferencia bancaria — evita el efectivo en cantidades grandes
- Solicita el informe de la DGT del vehículo antes de comprar
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Preguntas Frecuentes
¿Necesito llevar el contrato a un notario? ▼
No. El contrato de compraventa de vehículo entre particulares es un contrato privado válido sin intervención notarial. Basta con que ambas partes lo firmen.
¿Qué pasa si el coche tiene una avería oculta después de comprarlo? ▼
El vendedor responde de los vicios ocultos según el art. 1.484 del Código Civil. Tienes 6 meses desde la entrega para reclamar (art. 1.490 CC). No se consideran vicios ocultos los defectos derivados del uso normal y la antigüedad del vehículo.
¿Puedo vender un coche con la ITV caducada? ▼
Sí, pero el comprador no podrá circular con el vehículo hasta que pase la ITV. Debe indicarse claramente en el contrato que la ITV no está en vigor.
¿Quién paga el ITP, comprador o vendedor? ▼
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) lo paga siempre el comprador. El tipo varía entre el 4% y el 8% según la comunidad autónoma, y se calcula sobre el valor fiscal del vehículo (tablas de Hacienda), no necesariamente sobre el precio pactado.
¿Se puede hacer la transferencia online? ▼
Sí, a través de la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es) con certificado digital o Cl@ve. También puedes hacerlo presencialmente en una Jefatura de Tráfico.
¿Qué pasa con las multas pendientes? ▼
Las multas anteriores a la fecha de venta son responsabilidad del vendedor. Es recomendable solicitar un informe de la DGT del vehículo antes de comprar para comprobar que no tiene multas, cargas o embargos pendientes.