Prórroga Tácita del Contrato de Alquiler: Guía Completa y Modelo [2026]
Entiende cómo funciona la prórroga tácita del contrato de alquiler y genera tu comunicación de no renovación o confirmación de prórroga. Descarga en PDF y Word sin registro.
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¿Qué es la prórroga tácita?
La prórroga tácita es la renovación automática del contrato de alquiler que se produce cuando, una vez cumplidos los primeros 5 años (o 7 si el arrendador es persona jurídica), ninguna de las partes comunica su voluntad de no renovar con la antelación legalmente establecida.
Está regulada en el artículo 10 de la LAU y se produce de forma automática, sin necesidad de firmar ningún documento. El contrato se prorroga por plazos anuales sucesivos hasta un máximo de 3 años adicionales.
Cronología completa de un contrato de alquiler
- Años 1-5 (o 1-7): Prórroga obligatoria (art. 9 LAU). Solo el inquilino puede impedir la renovación anual
- Años 6-8 (o 8-10): Prórroga tácita (art. 10 LAU). Ambas partes pueden impedirla con preaviso
- Después: Si el inquilino sigue con consentimiento → tácita reconducción (Código Civil)
Plazos de preaviso para impedir la prórroga tácita
| Parte | Plazo de preaviso | Base legal |
|---|---|---|
| Arrendador | 4 meses antes del vencimiento | Art. 10.1 LAU |
| Arrendatario | 2 meses antes del vencimiento | Art. 10.1 LAU |
Si el arrendador avisa fuera de plazo, el contrato se prorroga un año más. Si el arrendatario avisa fuera de plazo, igualmente se prorroga. Los plazos se computan respecto a la fecha de vencimiento de la anualidad en curso, no de todo el período de prórroga tácita.
Diferencia entre prórroga tácita y tácita reconducción
Son conceptos diferentes que se confunden habitualmente:
- Prórroga tácita (art. 10 LAU): se produce después de los 5/7 años. Duración máxima de 3 años. Se mantiene el mismo contrato
- Tácita reconducción (art. 1566 CC): se produce cuando se agotan TODAS las prórrogas y el inquilino sigue con consentimiento. Se entiende que nace un nuevo contrato, con renovación mensual o anual
¿Cómo comunicar la no renovación?
La comunicación debe ser fehaciente, es decir, que quede constancia de su contenido y de su recepción. Las formas más seguras son:
- Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido (la más habitual)
- Notificación notarial (acta notarial de requerimiento)
- Conducto notarial (entrega por notario)
Un WhatsApp, email o carta simple pueden servir como prueba complementaria pero no son suficientes por sí solos si la otra parte niega haberlos recibido.