Contrato de Donación: Modelo Gratis [2026]
Genera tu contrato de donación personalizado para cualquier tipo de bien: dinero, inmuebles, vehículos o bienes muebles. Opción de reserva de usufructo y condiciones. Descarga en PDF y Word.
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Datos del donante
Datos del donatario
Relación
Objeto de la donación
Fecha y lugar
¿Qué es un contrato de donación?
La donación es un acto de liberalidad por el que una persona (donante) transmite gratuitamente un bien a otra (donatario), que lo acepta. Está regulada en los artículos 618 y siguientes del Código Civil.
A diferencia de la compraventa, en la donación no hay contraprestación: el donante entrega el bien sin recibir nada a cambio (o con una carga menor al valor del bien donado).
Requisitos de la donación
- Capacidad del donante: Debe tener capacidad para contratar y disponer de los bienes
- Aceptación del donatario: Sin aceptación expresa, la donación no tiene efecto (art. 629 CC)
- Forma: Bienes muebles → documento privado + entrega. Inmuebles → escritura pública obligatoria (art. 633 CC)
- Límites: No se puede donar más de lo que se pueda dar por testamento. Debe reservarse lo necesario para vivir (art. 634 CC)
Tipos de donación
- Donación pura: Sin condiciones ni cargas. El donatario recibe el bien libremente
- Donación con carga (onerosa): Se impone una obligación al donatario (ej: cuidar al donante)
- Donación remuneratoria: Como gratificación por servicios prestados
- Donación con reserva de usufructo: El donante conserva el uso y disfrute del bien
- Donación mortis causa: Produce efecto tras el fallecimiento del donante (se rige por las normas de herencia)
Impuesto sobre Donaciones por Comunidad Autónoma
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) está cedido a las CCAA, lo que genera enormes diferencias. Algunas comunidades con bonificaciones importantes para donaciones entre padres e hijos:
- Madrid: Bonificación del 99% (casi exenta)
- Andalucía: Exenta hasta 1.000.000€ entre padres e hijos
- Comunidad Valenciana: Bonificación del 99% con requisitos
- Cataluña: Tarifa progresiva, reducciones limitadas
- País Vasco y Navarra: Normativa foral propia, generalmente favorable
⚠️ Consulta siempre con un asesor fiscal, ya que las bonificaciones cambian frecuentemente y tienen requisitos específicos (formalización en escritura pública, declaración en plazo, etc.).
Causas de revocación
La donación, aunque es irrevocable en principio, puede revocarse por tres causas legales:
- Superveniencia de hijos (art. 644 CC): Si el donante no tenía hijos al donar y luego los tiene
- Incumplimiento de cargas (art. 647 CC): Si el donatario no cumple las condiciones impuestas
- Ingratitud (art. 648 CC): Atentado contra la vida o dignidad del donante, o negación de alimentos
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