PlantillaLegal.com

Contrato de Obra y Reforma: Modelo Gratis [2026]

Descarga en PDF y Word. Genera tu contrato de obra o reforma personalizado. Protege tu inversión con cláusulas de plazo, presupuesto cerrado, penalización por retraso y garantía de acabados.

⚠️ Aviso legal: Este documento es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte con un profesional legal para su caso específico. PlantillaLegal.com no se responsabiliza del uso que se haga de estas plantillas.

📝 Genera tu documento personalizado

Datos del contratista

Datos del cliente

Datos de la obra

Condiciones económicas

Plazos

Fecha y lugar

¿Qué es un contrato de obra y reforma?

Es un contrato regulado por los artículos 1.588 y siguientes del Código Civil por el que un contratista se compromete a ejecutar una obra o reforma a cambio de un precio. A diferencia de la prestación de servicios, aquí la obligación es de resultado: el contratista debe entregar la obra terminada según lo pactado.

Cláusulas imprescindibles

  • Descripción detallada de la obra: trabajos a realizar, materiales, calidades.
  • Presupuesto cerrado o abierto: precio total, desglose por partidas, si incluye IVA.
  • Plazo de ejecución: fecha de inicio y fecha de entrega.
  • Forma de pago: hitos o porcentajes (ej: 30% inicio, 40% mitad, 30% final).
  • Penalización por retraso: importe diario o semanal por incumplimiento del plazo.
  • Garantía de la obra: plazo de garantía sobre acabados y materiales.
  • Licencias y permisos: quién se encarga de las licencias de obra.
  • Limpieza y recogida de escombros: incluido o no en el presupuesto.

Formas de pago habituales

  1. 1
    A la firma (20-30%) — Para la compra de materiales y inicio de los trabajos.
  2. 2
    A mitad de obra (30-40%) — Cuando se hayan completado los trabajos principales.
  3. 3
    A la entrega (30-40%) — Una vez comprobado que la obra se ha terminado correctamente.

Documentos relacionados

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio tener un contrato para una reforma?
No es legalmente obligatorio, pero sí muy recomendable. Sin contrato escrito, ante cualquier problema (retrasos, sobrecostes, defectos) no tendrás prueba de lo acordado. Además, necesitarás el contrato para reclamar ante consumo o ante un juez.
¿Qué pasa si la obra se retrasa?
Si el contrato incluye una fecha de entrega y una cláusula de penalización por retraso, puedes exigir la compensación pactada. Si no hay cláusula, puedes reclamar los daños y perjuicios demostrables según el art. 1.101 del Código Civil.
¿Puedo rescindir el contrato si no estoy satisfecho?
Sí, según el art. 1.594 del Código Civil, el propietario puede desistir de la obra en cualquier momento, indemnizando al contratista por los gastos, trabajo y utilidad que pudiera obtener. Es lo que se llama «desistimiento unilateral del comitente».
¿Quién se hace responsable si hay defectos después de la obra?
El contratista responde de los defectos durante los plazos de garantía: 1 año para acabados, 3 años para habitabilidad y 10 años para defectos estructurales (Ley de Ordenación de la Edificación). Para reformas menores, se aplica el Código Civil.
¿El presupuesto es vinculante?
Sí, si se acepta por escrito. El contratista no puede subir el precio salvo por trabajos adicionales autorizados por el cliente o por incrementos imprevisibles en el coste de materiales (si se pacta cláusula de revisión de precios).