Contrato de Subrogación de Alquiler: Modelo Gratis en PDF [2026]
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Datos del arrendador
Arrendatario saliente
Nuevo arrendatario
Datos del contrato
Causa
Condiciones
Fecha y lugar
¿Qué es un contrato de subrogación de alquiler?
La subrogación arrendaticia es el mecanismo legal por el que un nuevo arrendatario sustituye al anterior en el contrato de alquiler, asumiendo todos sus derechos y obligaciones. A diferencia del subarriendo, en la subrogación hay un cambio real de titular: el arrendatario saliente desaparece del contrato.
La LAU regula la subrogación en sus artículos 12, 15 y 16, distinguiendo entre subrogación inter vivos (entre vivos) y mortis causa (por fallecimiento).
Tipos de subrogación
Por fallecimiento del arrendatario (art. 16 LAU)
Es la subrogación más regulada. La LAU establece un orden de beneficiarios que pueden subrogarse en el contrato:
- Cónyuge o pareja de hecho que conviviera con el fallecido
- Descendientes que convivieran en los 2 años anteriores al fallecimiento
- Ascendientes que convivieran en los 2 años anteriores
- Hermanos que convivieran en los 2 años anteriores
- Personas con discapacidad ≥65% con relación de parentesco hasta 3er grado que convivieran
El beneficiario debe notificar al arrendador en un plazo de 3 meses desde el fallecimiento, adjuntando el certificado de defunción y acreditando su derecho.
Por divorcio o separación (art. 15 LAU)
En caso de divorcio, separación o nulidad matrimonial, el cónyuge no titular del contrato puede subrogarse si la vivienda le es atribuida judicialmente. Debe comunicarse al arrendador en el plazo de 2 meses desde la resolución judicial.
Por desistimiento del arrendatario (art. 12 LAU)
Si el arrendatario desiste del contrato, su cónyuge o pareja que conviviera puede continuar en la vivienda notificándolo al arrendador en el plazo de 1 mes.
Subrogación convencional (por acuerdo)
Las partes pueden acordar libremente un cambio de inquilino. En este caso se necesita el consentimiento del arrendador, del arrendatario saliente y del nuevo arrendatario. Es la modalidad más flexible pero requiere acuerdo de todos.
Diferencia entre subrogación y cesión
Aunque el resultado es similar (cambio de inquilino), la subrogación y la cesión tienen diferencias técnicas. La subrogación puede ser legal (por derecho) o convencional, mientras que la cesión es siempre voluntaria. En la práctica, ambos términos se usan a veces indistintamente.