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Contrato de Empleada de Hogar: Modelo Gratis [2026]

Descarga en PDF y Word. Genera tu contrato de empleada de hogar personalizado con todos los datos necesarios. Modelo actualizado conforme al Real Decreto 1620/2011 y las últimas reformas del régimen de empleadas de hogar.

⚠️ Aviso legal: Este documento es orientativo y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte con un profesional legal para su caso específico. PlantillaLegal.com no se responsabiliza del uso que se haga de estas plantillas.

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Datos del empleador

Datos de la empleada/o

Condiciones

Fecha y firma

¿Qué es el contrato de empleada de hogar?

El contrato de empleada de hogar es el documento que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, regulada por el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre. Esta relación laboral tiene particularidades respecto al régimen general, ya que el empleador es un particular (no una empresa) y el trabajo se realiza en el ámbito doméstico.

Desde las reformas de 2022 y 2023, las empleadas de hogar han visto equiparados muchos de sus derechos con los del régimen general: acceso a la prestación por desempleo, protección frente al despido, y cotización completa a la Seguridad Social.

¿Qué debe incluir el contrato?

  • Datos del empleador: nombre, DNI, domicilio donde se prestarán los servicios.
  • Datos de la empleada: nombre, DNI/NIE, número de Seguridad Social.
  • Tipo de contrato: indefinido o temporal, indicando la causa si es temporal.
  • Jornada: completa, parcial o interna, especificando horario y horas semanales.
  • Tareas: descripción de las funciones (limpieza, cocina, cuidado de personas, etc.).
  • Salario: retribución mensual, forma de pago, pagas extraordinarias.
  • Periodo de prueba: máximo 2 meses.
  • Vacaciones: mínimo 30 días naturales al año.

Alta en la Seguridad Social

El empleador debe dar de alta a la empleada en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar. Esto se hace a través del modelo TA.6-0138 en la sede electrónica de la TGSS o presencialmente. El empleador es responsable de ingresar las cotizaciones mensuales.

Régimen de empleada interna

Si la empleada reside en el domicilio del empleador (interna), debe garantizarse un descanso mínimo de 36 horas consecutivas semanales (normalmente de sábado tarde a lunes mañana), además de 2 horas diarias para comidas. La retribución en especie (alojamiento y manutención) no puede superar el 30% del salario total.

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Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio hacer contrato a una empleada de hogar?
Sí. Desde 2012, la relación laboral con empleadas de hogar debe formalizarse por escrito si dura más de 4 semanas. Además, el empleador está obligado a dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social desde el primer día, independientemente de las horas trabajadas (Sistema Especial para Empleados de Hogar).
¿Cuánto hay que pagar a una empleada de hogar en 2026?
El salario mínimo para empleadas de hogar es el SMI vigente, prorrateado según las horas trabajadas. En 2026, el SMI es de referencia para jornada completa. Si trabaja por horas, el mínimo es el SMI/hora incluyendo la parte proporcional de pagas extras y vacaciones. Consulta el BOE para el SMI actualizado.
¿Quién paga la Seguridad Social de una empleada de hogar?
El empleador paga íntegramente la cuota patronal y descuenta del salario la cuota del trabajador. Desde 2023, las empleadas de hogar cotizan por desempleo y tienen derecho a prestación por desempleo, igualándose con el régimen general (tras la ratificación del Convenio 189 de la OIT).
¿Qué derechos tiene una empleada de hogar?
Los mismos que cualquier trabajador: vacaciones (30 días naturales), pagas extras, descanso semanal (36 horas consecutivas), indemnización por despido/desistimiento (12 días/año), prestación por desempleo, baja por enfermedad y protección frente a riesgos laborales.
¿Puedo despedir a una empleada de hogar sin causa?
Sí, mediante la figura del "desistimiento" (art. 11 RD 1620/2011). Debes comunicarlo por escrito con 20 días de preaviso (si lleva más de 1 año) o 7 días (si lleva menos), y pagar una indemnización de 12 días de salario por año trabajado.